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Sobre la propuesta de la UDI de derivar la elaboración de la Nueva Constitución al actual parlamento a título de «Congreso Constitucional»

El día de hoy, parlamentarios de la UDI presentaron un proyecto legislativo que busca cambiar los términos de la Reforma Constitucional que regula el proceso constituyente aprobada en Diciembre. La idea consiste en otorgarle al actual Congreso Nacional la facultad de debatir y elaborar el proyecto de Nueva Constitución, y está formulada con el argumento de que las nuevas condiciones derivadas de la pandemia harían aconsejable, según indican, el evitar los costos financieros que implica el instalar una Convención Constitucional en paralelo al funcionamiento del Congreso Nacional:

«(…) teniendo presente el especial contexto económico y social en que nos encontramos inmersos, resulta necesario replantearse la procedencia o no de este gasto. En este sentido, surge como alternativa natural, la de otorgar mandato para la redacción de una nueva constitución al Congreso Nacional, dado que este órgano cuenta con recursos humanos, financieros y técnicos suficientes para hacer frente a esta importante tarea».

La propuesta, en lo concreto, consiste en una atrevida idea. Textualmente: «Reemplácese la expresión “Convención Constitucional” por “Congreso Nacional” en la papeleta del voto del Plebiscito.

La iniciativa, de todos modos, requeriría ser incorporada al actual texto constitucional, de la misma forma como en su momento los términos del «Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución» que luego fueron desarrollados más en extenso por la Comisión Técnica designada por los partidos que lo firmaron, se incorporó con la Reforma Constitucional de diciembre pasado, a la Constitución actual. Requiere, en este caso, de 2/3 de las dos cámaras legislativas en ejercicio, por lo que su viabilidad es nula. Dado eso, ¿Por qué comentarla?

 

Más allá de esta propuesta, algunos comentarios a partir de ella y la situación actual

La iniciativa no tiene votos ni apoyo social a favor de ella, y parece más destinada a generar ruido y confusión, que a pretender que se abra paso en el Congreso. Tiene, en todo caso, una cierta función electoral: Intentar mostrar al proceso constituyente como un gasto fiscal innecesario y con ello captar la adhesión de ciertas franjas de la ciudadanía que desconfían por diversos motivos de la pertinencia o eficacia del proceso constituyente, y en particular, en esos sectores que suelen simpatizar con ideas contrarias a «la política» a rajatabla. En el mismo sentido, para citar otro ejemplo, apuntan las propuestas de rebaja en la cantidad de parlamentarios.

En todo caso, aún teniendo esa función por así decirlo «comunicacional», no tiene condiciones para avanzar, pues por lo pronto, una minoría muy reducida del país podría pensar que el actual Congreso estaría legitimado para elaborar una Nueva Constitución. Por ello, más atención en lo inmediato, merece la preocupante situación de Pandemia, pues hay indicios de empeoramiento, y eventualmente con eso se pone en riesgo la realización del Plebiscito del 25 de Octubre, o bien la masividad en la participación ciudadana en él, factor que será significativo para el transcurso posterior del proceso.

En todo caso, si de modificar los términos del proceso se tratase, bien podría plantearse la necesidad de debatir el altísimo quórum de dos tercios que se le ha impuesto a la Convención Constitucional, de una forma tal que no tiene ejemplos similares en la historia de los procesos constituyentes conteporáneos exitosos, y que pone muchas posibilidades de entrampamiento y posibilidad de bloqueo del proceso, tal como hemos desarrollado en ocasiones anteriores (ver notas enlazadas más abajo).

Y si se tratara de evaluar las nuevas circunstancias derivadas de la pandemia, y fuera objeto de preocupación el costo financiero de tener una Convención Constitucional paralela al Congreso Nacional, también podría plantearse la conversación sobre otras propuestas, como el instalar una Asamblea Constituyente soberana y con poderes legislativos, suspendiendo el Congreso hasta que se apruebe la Nueva Constitución dictada por aquélla. Como es obvio, los sectores conservadores como los de la UDI se opondrían fervientemente ante una idea así. Señalar tal contrapropuesta sirve de argumento que refuta la argumentación que han puesto en su iniciativa parlamentaria: Lo de ellos no es una preocupación por las finanzas fiscales, si no que la voluntad de generar confusiones y el mostrar voluntad de entrampamiento y eventual bloqueo a un proceso de cambio constitucional efectivo.

Como sea, la forma en que el Gobierno viene manejando todo, el perfil de sus principales autoridades, la tendencia que puede verse en sus últimos movimientos, e iniciativas como la que aquí se está comentando, implican también un llamado general a que el amplio campo favorable a un cambio refundacional de nuestro país se sacuda definitivamente de ingenuidades políticas, y tome conciencia de que el campo de posibilidades que hay para el futuro próximo está abierto a todo tipo de posibilidades. El ánimo que devela esta propuesta de la UDI es ilustrativo al respecto.

Dada la volutad mostrada por la derecha gobernante, la trayectoria de los hechos desde Octubre, y las circunstancias presentes, no está de más insistir en que no hay nada escrito sobre piedra: Ni el calendario electoral programado, ni los términos del Acuerdo del 15 de Noviembre y la Reforma Constitucional derivada de él, ni la certeza de que este proceso de cambio Constitucional llegue efectivamente a una Nueva Constitución.

 


 

La trampa de los dos tercios y la continuidad del poder de veto de las derechas y del régimen neoliberal, 15 de noviembre de 2019.

¿Y los quórums legislativos? Contra la falacia del argumento de la «hoja en blanco» y el «veto cruzado», 19 de noviembre de 2019.

Roberto Gargarella, constitucionalista argentino: «Los dos tercios no son necesarios y son un problema», 20 de diciembre de 2019.

Ejemplos de otras experiencias: El quórum de los dos tercios en Bolivia y Sudáfrica:

Los dos tercios en la Constituyente de Bolivia: Un argumento en contra del «Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución», 18 de noviembre de 2019.

El proceso constituyente en Sudáfrica, los dos tercios y el referendo dirimente. Lecciones para la experiencia chilena, 11 de diciembre de 2019.

Ernesto Samper se refiere al proceso de cambio Constitucional en Chile y critica el quórum de dos tercios, 11 de marzo de 2020.

Adriana Salvatierra, Senadora del MAS de Bolivia: «Los 2/3 bloqueaban la potencialidad transformadora», 5 de agosto de 2020.

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