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¿Qué se sustrae de las políticas públicas con la denominación Ministerio de Familia y Desarrollo Social?

Por Eduardo Parry

Antropologo Social

La lectura del proyecto de ley enviado por el Ejecutivo el pasado 26 de julio, plantea un desafío a la inteligencia, pues habrá que desplegarla en su totalidad si se pretende planificar con “enfoque de familia”, pues este concepto anima a algo más que solo un cambio de nombre del actual Ministerio de Desarrollo Social.

Ahora, ya no serán los individuos el objeto de atención e intervención del ministerio, sino “el núcleo fundamental de la sociedad, compuesto por personas unidas por vínculos de parentesco o de pareja, en que existen relaciones de naturaleza afectiva y de apoyo mutuo, que generalmente comparten un mismo hogar y tienen lazos de protección, cuidado y sustento entre ellos”.

Según este proyecto, ¿qué entenderíamos como institución de familia? Una combinación del parentesco y la consensualidad; el parentesco sin límite de grado y la consensualidad reducida a la pareja. De esta manera, nacería una comprensible desconfianza al normar un tipo de familia y la forma de constituirla, por ejemplo nuclear y biparental. Sí, sería políticamente muy reprobable.

Hoy la defensa de ciertas estructuras familiares sería mal vista, a pesar de la utilidad que presenta observar la multiplicidad de estructuras que constituyen los hogares de un país. Así lo muestra un estudio del Ministerio de Desarrollo Social del año 2015, el que señala que “en los hogares extendidos monoparentales, la pobreza multidimensional alcanza un 27,1%, mientras que en los hogares extendidos biparentales un 32,1%.” (Panorama Casen 2015. Hogares y Bienestar). En este caso identificar estructuras familiares es muy informativo para el diseño de una política pública en particular.

El problema que intentamos esclarecer esquiva el dilema entre liberales y conservadores con relación a definir familia. Desde una perspectiva liberal, podríamos ampliar el campo de la consensualidad nombrando otras formas distintas a la pareja, pero sería caer precisamente en el temor que conduce el Ejecutivo al redactar el concepto en términos muy laxos.

El concepto que propone el proyecto constituye estructuralmente ocho tipos de familia, si combinamos los factores parentesco, pareja, y compartir o no un mismo hogar. Pero no le demos importancia a ese aspecto y observemos con más detenimiento lo que sí detalla un poco más: los lazos. ¿Qué es un lazo? El Diccionario de la Real Academia, uno de los referentes para interpretar los conceptos de una ley señala en sus acepciones que el lazo es una “unión, un vínculo u obligación”.Otro concepto presente es el de apoyo mutuo.  Aquí  lo entenderemos como reciprocidad. Según la definición del proyecto, sería contar con la reciprocidad en el afecto, en el apoyo, en la protección, el cuidado y el sustento de la otra persona. Es en este punto donde el Estado considera que debe conocer e intervenir en esos vínculos. Textualmente señala: “avanzar hacia una comprensión integral de la vulnerabilidad, centrada ya no solo en las personas, sino también en sus familias”. Se piensa en un ministerio que “vele no solo por las personas y grupos vulnerables, sino también por las familias, en el contexto del diseño y aplicación de las políticas, planes y programas sociales”.

¿Cuál es entonces el problema que presenta el enfoque que pretende dar al Ministerio de Desarrollo Social mediante el proyecto de ley? Difuminar la titularidad de los derechos sociales del individuo, atribuyendo sus “vulnerabilidades”a fallas en la funcionalidad, o más bien en la no reciprocidad de los vínculos familiares. Si aquellos lazos se consolidan, podemos esperar contar con “una familia fortalecida (…) el mejor instrumento para combatir muchos de los males de nuestra vida moderna, tales como los altos índices de delincuencia, los preocupantes porcentajes de abuso de drogas y consumo de alcohol, la deserción escolar, el abandono y falta de cuidado de nuestros adultos mayores, entre otros problemas que afectan a nuestra sociedad.”

La ONU define que la titularidad de los derechos económicos, sociales y culturales radica en las personas. Por tal motivo, vemos con preocupación el cambio del sentido de la formulación de las políticas encomendadas al Ministerio de Desarrollo Social. Esto no implica olvidar a las familias, cualesquiera sean las estructuras y funcionalidades que se les atribuyan. No obstante, un ministerio que responda a una sociedad con un Estado que se proponga garantizar derechos sociales, no puede desplazar esa titularidad en la persona hacia la reparación de funcionalidades familiares que no han logrado asegurar no solamente la felicidad, sino un ejercicio ciudadano efectivo de sus integrantes. Los derechos sociales están íntimamente ligados a un ejercicio de ciudadanía, en lograr constituir a cada individuo en un sujeto político, indicador real de integración social. Lo anterior, siempre y cuando entendamos la sociedad como cuerpo político y no como una masa consumidora. Finalmente, podemos sostener que este ejercicio de “cambio de enfoque” solamente lleva a profundizar el espíritu neoliberal que envuelve nuestra cultura.

Percibimos que las instituciones ya no son representativas de la sociedad. Por ello, la consistencia de la vida -la realidad de la existencia- se construye hoy en torno a lo vincular. Por ejemplo, en nuestra  cultura neoliberal ya no basta con asistir al colegio para obtener una instrucción habilitante, hay que establecer vínculos. Ellos son los que proveen identidad, posibilidades y habilidades para desempeñarse en la vida. No es casual el uso de técnicas sociométricas para evaluar a los estudiantes y convocar a sus padres si ellos no están bien posicionados en las redes de su curso.

Una política social que se sitúa sobre los vínculos, es una política que señala los padecimientos como irresponsabilidades individuales o recíprocas entre relacionados. No discutiré que una vida con vínculos precarios, con carencias en la reciprocidad afectiva y de apoyos, supone condiciones de vida afectivamente dolorosas. Sin embargo, en las sociedades hiperindividualizadas no necesariamente la debilidad en los vínculos tiene como resultado la marginalidad social, especialmente cuando la salud, la educación, la vivienda y otras necesidades humanas constituyen derechos y están cubiertos por el Estado. ¿No será que un proyecto de esta naturaleza considera los efectos como causas? Esto, sin perjuicio de familiarizar los orígenes de aquello que considera “males de la vida moderna” en vez de condiciones de una sociedad con escasas seguridades en el orden de la protección de la existencia en ella.

Imagen extraída de duna.cl

Comunicador Social para Revista De Frente. Sociólogo e Investigador. Diplomado en Intervención Comunitaria por la Universidad de Chile. Abogado en formación por la Universidad Alberto Hurtado.

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