TOP

Precariedad, Derechos Sociales y Proceso Constituyente. Conversación de Héctor Testa con Asamblea Barrio Brasil

Compartimos esta convesación organizada por la Asamblea Barrio Brasil (Santiago) sobre «Precariedad Social y Proceso Constituyente», con Héctor Testa Ferreira, investigador en Derecho Constitucional y procesos constituyentes latinoamericanos, reflexionando en torno a la situación actual en nuestro país tras la revuelta y rebelión popular iniciada en Octubre pasado, y la llegada a Chile de la pandemia del Coronavirus.

Punteo de temas:

Precariedad social, Derechos Sociales, y Proceso Constituyente

1. La importancia y rol de la Constitución en la existencia, protección y garantía de los derechos de las personas en general, y de los derechos sociales en particular.

La Constitución como pilar central o núcleo del ordenamiento jurídico, la norma de normas. En Chile, hemos sabido hacer avanzar en la idea, ya bastante extendida entre las personas, de que hay en la Constitución una cuestión central para los cambios que la ciudadanía anhela y exige. Necesidad de profundizar y conseguir un detalle y ampliación progresiva de esa idea.

2. La relación de los “derechos sociales” con otros ámbitos de lo Constitucional. Relación entre la parte “orgánica” de la Constitución y la eficacia de los derechos contenidos en la «parte dogmática».

Pero, en el debate constitucional que ha surgido en el país, y en particular en la conversación de esas franjas que hemos impulsado la demanda constitucional y las movilizaciones vinculadas a ella, incluyendo el estallido y la rebelión popular surgida en octubre, se suele enfatizar la cuestión de la incorporación de nuevos derechos en la catálogo de derechos que la mayor parte de las constituciones tienen, poniendo en un segundo plano de las preocupaciones otras esferas o temas de lo constitucional.

Más allá de la idea de ampliación del número y contenido de los derechos en general y los derechos sociales en particular,, hay que ver la interconexión que tienen esos derechos, primero entre ellos mismos, y luego, con las otras partes de la Constitución.

Lo primero, es señalar los mecanismos de protección y garantía, que tienen en la defensa judicial de ellos una cuestión central, pero no exclusiva. Y el cómo se detallan estos y los derechos en el catálogo.

Y más allá de eso, la participación ciudadana y popular como principal garantía y protección de los derechos.

Foco en la parte orgánica, la “sala de máquinas” de la Constitución. Es esa parte orgánica la que incide en la configuración del poder en general, y de los poderes del Estado en particular.

3. El orden económico y la Constitución.

Modelo económico y social. Consagración constitucional de la promoción de un modelo de economía plural, inclusivo, que tienda a la justicia social y un desarrollo productivo acorde al bien común, el bienestar de las mayorías, la solidaridad y complementariedad económica y productiva, y el cuidado de la naturaleza, el medio ambiente, y los territorios y sus comunidades.

Un Estado activo y protagonista en la economía, que prosiga acciones y políticas públicas acorde a los fines mencionados, que supere al Estado subsidiario y neoliberal hoy imperante, que contribuya centralmente a la desconcentración económica y una participación en el desarrollo nacional más igualitaria y en beneficio de las mayorías. En el sentido de lo anterior, reconocimiento y promoción de las distintas formas de propiedad, no sólo de la privada como hoy, sino que también de la pública, la comunitaria, y la colectiva, con una regulación que tienda a una relación de no superioridad y la mayor horizontalidad posible entre ellas.

No olvidar la relación de lo declarativo con lo orgánico, con el entramado de poderes que está contenido en la Constitución pero que va más allá. Ejemplo de esto: En la Constitución actual no está señalado en ninguna parte de manera explícita su opción por el modelo neoliberal, y ni siquiera, hay un señalamiento claro al «principio de subsidiaredad». La instalación del modelo neoliberal, y del principio de subsidiaredad en la realidad efectiva de nuestro país, se hace a partir de los poderes que la Constitución cristaliza, y una construcción jurisprudencial, doctrinal, y práctica, que está dentro y fuera de lo constitucional.

4. Algunas propuestas constitucionales surgidas desde los procesos constituyentes y el nuevo constitucionalismo latinoamericano. Algunas novedades del constitucionalismo latinoamericano reciente. Complejidades y desafíos para el Chile y la América Latina actual.

Novedades:

El Constitucionalismo latinoamericano más reciente se apoya en las tendencias más progresistas del constitucionalismo surgido a partir de la posguerra mundial. “Constitucionalización del Derecho”.

Ampliación de derechos, de sus tipos, y de los titulares de ellos (sujetos colectivos, por ejemplo).

Concepción de los derechos: Carácter extensivo, progresivo, directamente vinculante de los derechos.

Mayores mecanismos de protección de derechos. “Acciones” judiciales o administrativas. Acción por incumplimiento o “por omisión” del Estado.

Corresponsabilidad de la ciudadanía y los pueblos en el reconocimiento, protección, y garantía de los derechos establecidos en la Constitución.

Democracia, representación y participación: Superación de la democracia meramente procedimental y “de baja intensidad”, hacia una democracia donde se tienda a una representación más genuina, plural y expresiva de la sociedad, y una participación de múltiples formas y mecanismos con las que la ciudadanía tenga el mayor poder y capacidad de decisión posibles. Esto implica: un padrón electoral universal que incluya a ciudadanos residentes en el exterior; la rebaja de la edad necesaria para los derechos ciudadanos; reforma al sistema de partidos políticos que tienda a su mayor representatividad y transparencia y que disminuya progresivamente su carácter oligárquico y centralista; consagración de iniciativa popular de ley y de cambio constitucional (vía reforma o asamblea constituyente); promoción de la organizatividad social y de su incidencia en las instituciones, políticas públicas y aparato estatal; revocabilidad de todos los mandatos de elección popular; generación de instancia de “Contraloría Social” para la diseño, implementación y fiscalización de las políticas públicas; inciativa popular de ley y de cambio constitucional, y posibilidad de veto ciudadano a proyectos de ley; generalización de los plebiscitos y las consultas ciudadanas vinculantes en los distintos niveles de gobierno (nacional, regional, provincial, comunal). Reforzamiento de la institucionalidad para la participación local, ya sea ampliando y fortaleciendo las actuales juntas de vecinos o creando nuevas instancias de nivel comunal y comunitario. Reconocimiento y promoción de los derechos y la participación política de los extranjeros residentes en el país.

5. El proceso de cambio constitucional en Chile y los aprendizajes del constitucionalismo latinoamericano reciente.

Es un constitucionalismo cuyo desarrollo aún está en disputa. La relación compleja entre Constitución y Política. Los escenarios post-constituyentes. Generación de legislación complementaria, nuevos gobiernos y mayorías parlamentarias, la hegemonía social-cultural. Las prácticas institucionales. La generación de un nuevo orden social, económico, y político.

6. Preguntas y comentarios.

a. El rol de los movimientos sociales en la coyuntura actual.
La relevancia de lo comunicacional, de la disputa informativa e ideológica en un contexto de confinamiento y distanciamiento físico.

b. El riesgo de un nuevo «pacto social» meramente legitimador y continuista.
Las trampas y obstáculos puestos por el llamado «Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución» del 15 de Noviembre, y la Reforma Constitucional derivada de él.

c. Las dinámicas de militarización, autoritarismo y represión en el contexto de un nuevo régimen de Estado de Excepción Constitucional en el marco de la pandemia.
La relevancia de la Constitución ejemplificada en una parte que se le solía ver como secundaria: Los regímenes de excepción constitucional. El central tema de las Fuerzas Armadas y la necesidad de un proceso refundacional de ellas, que debe ser parte central de la discusión constitucional.

Equipo editorial Revista De Frente

Comparte tu opinión o comentario