
Grupo de Análisis de Defensa y Fuerzas Armadas plantea sacar el concepto de seguridad nacional de la nueva Constitución: “Es un principio ideológico y de control”
Con el proceso constituyente en marcha, uno de los ámbitos donde han surgido con mayor fuerza algunas propuestas para discutir en la nueva Constitución es en el área de la Defensa y las Fuerzas Armadas. En este contexto, desde Gafda -entidad que reúne a académicas y académicos expertos en el sector- pusieron en tela de juicio el concepto de seguridad nacional, que se encuentra en varios acápites de la Carta Magna redactada en dictadura, señalando que se trata de una “noción, proveniente de los EE.UU.”, y tiene un «origen anti-democrático». Además, aseguran que sobredimensiona y favorece la autonomía de las Fuerzas Armadas, por lo que “no debería incluirse en la definición de las tareas de instituciones armadas, policiales o civiles, condición necesaria para la construcción de un Estado democrático social de derecho de acuerdo a parámetros humanos civilizatorios del siglo XXI”.
En medio del debate por el proceso constituyente, donde han salido a la luz varias propuestas respecto a los contenidos constitucionales que debiera tener la nueva Carta Magna, el Grupo de Análisis de Defensa y Fuerzas Armadas (Gadfa) lanzó una idea al ruedo: sacar de la nueva Constitución la noción de seguridad nacional.
Así lo plantean en un documento, en donde recuerdan que “convertida en doctrina castrense, la noción de seguridad nacional se ha incorporado constitucional y legalmente incluyendo a las FF.AA. como poder de Estado, favoreciendo su autonomización y permitiéndoles desempeñar roles no profesionales, debilitando de esta forma la democracia representativa y la soberanía popular al securitizar todo”.
Por eso, señalan que “es necesario dejar fuera de la Nueva Constitución la noción de seguridad nacional para poder consagrar una democracia más plena y garantizar los derechos que de ella se desprendan”.
“Un origen anti-democrático»
La entidad que reúne a a especialistas en materias de FF.AA. y defensa recuerda que el concepto de seguridad nacional se encuentra en varios acápites de la actual Carta Magna, redactada en dictadura, sin embargo “a pesar de la importancia que se le ha asignado a la noción de seguridad nacional y de su papel crucial en el ordenamiento jurídico y político durante cuarenta años, esta no fue definida por los constituyentes y aún permanece indeterminada”.
A juicio del Gadfa, se trata de un “concepto que no es jurídico ni operativo, sino que funciona como un principio ideológico y de control. Esta noción, proveniente de los EE.UU. y extraña a la tradición constitucional chilena, conecta las instituciones armadas a una variedad de funciones no castrenses incidiendo en campos y roles ajenos a ellas como la reserva de las leyes; la libertad de enseñanza; derecho a huelga; emprendimiento económico; derecho de propiedad; identidad nacional; atribuciones presidenciales; instituciones estatales; política monetaria; estados de excepción; y penas judiciales”.
“Además, está presente en los códigos Orgánico de Tribunales, Procesal Penal, Aeronáutico, Minería, del Trabajo, Ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción, Ley Sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y la que crea la Agencia Nacional de Inteligencia”, añaden los académicos y académicos que participan del Grupo de Análisis de Defensa y Fuerzas Armadas.
De acuerdo al Gadfa, el concepto “ha sobredimensionado a las FF.AA en su intento de legitimarlas como la única institución estatal capaz de implementar políticas públicas en amplios y variados ámbitos a través de la “polivalencia”, con el consecuente debilitamiento de las instituciones civiles responsables y la desfiguración de las misiones realmente esenciales de las FF.AA”.
En suma, plantean que “dado su origen anti-democrático, la noción de seguridad nacional no debería aparecer en una Nueva Constitución, ni en ningún cuerpo legal y reglamentario del país como condición fundamental para poder generar una nueva concepción representativa y legitima de lo social. Consecuentemente, tampoco debería incluirse en la definición de las tareas de instituciones armadas, policiales o civiles, condición necesaria para la construcción de un Estado democrático social de derecho de acuerdo a parámetros humanos civilizatorios del siglo XXI”.
El Grupo de Análisis de Defensa y Fuerzas Armadas es una instancia surgida con el respaldo institucional del Instituto de Asuntos Públicos (INAP) de la Universidad de Chile, y agrupa a especialistas como Felipe Agüero, Eduardo Santos, Sebastián Monsalve, José Luis Díaz, Augusto Varas, Mireya Dávila, Mladen Yopo y María Inés Ruz, entre otros.
Acá reproducimos el texto de manera íntegra.
GRUPO DE ANÁLISIS DE DEFENSA Y FUERZAS ARMADAS (GADFA)
LA NUEVA CONSTITUCIÓN NO DEBE CONTENER LA NOCION DE
SEGURIDAD NACIONAL.
Es necesario dejar fuera de la Nueva Constitución la noción de seguridad nacional para
poder consagrar una democracia más plena y garantizar los derechos que de ella se
desprendan.
Este concepto se encuentra en varios acápites de la actual Carta Magna. Así, por ejemplo, el
artículo 1 expresa: “Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional”, y en el artículo
101: las FF.AA. “existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad
nacional”. Por su parte, la Ley Orgánica Constitucional en el artículo 1, indica que las FF.AA.
existen “para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional”.
Sin embargo, y a pesar de la importancia que se le ha asignado a la noción de seguridad
nacional y de su papel crucial en el ordenamiento jurídico y político durante cuarenta años,
esta no fue definida por los constituyentes y aún permanece indeterminada. Convertida en
doctrina castrense, la noción de seguridad nacional se ha incorporado constitucional y
legalmente incluyendo a las FF.AA. como poder de Estado, favoreciendo su autonomización
y permitiéndoles desempeñar roles no profesionales, debilitando de esta forma la democracia
representativa y la soberanía popular al securitizar todo. Este concepto no es jurídico ni
operativo, sino que funciona como un principio ideológico y de control.
Esta noción, proveniente de los EE.UU. y extraña a la tradición constitucional chilena,
conecta las instituciones armadas a una variedad de funciones no castrenses incidiendo en
campos y roles ajenos a ellas como la reserva de las leyes; la libertad de enseñanza; derecho
a huelga; emprendimiento económico; derecho de propiedad; identidad nacional;
atribuciones presidenciales; instituciones estatales; política monetaria; estados de excepción;
y penas judiciales. Además, está presente en los códigos Orgánico de Tribunales, Procesal
Penal, Aeronáutico, Minería, del Trabajo, Ley Orgánica Constitucional de los Estados de
Excepción, Ley Sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y la que crea la Agencia Nacional
de Inteligencia.
El abusivo uso de esta indeterminada noción fusiona lo nacional con lo internacional; lo
individual con lo social; lo castrense con lo civil y policial; y ha sobredimensionado a las
FF.AA en su intento de legitimarlas como la única institución estatal capaz de implementar
políticas públicas en amplios y variados ámbitos a través de la “polivalencia”, con el
consecuente debilitamiento de las instituciones civiles responsables y la desfiguración de las
misiones realmente esenciales de las FF.AA.
La mal entendida “polivalencia” de las FF.AA. -propia de la acción militar-, por ejemplo, se
ha transmutado en “seguridad ampliada” fortaleciendo la inclusión castrense en el orden
interno. A su vez, confunde las indeterminadas nociones de seguridad nacional, seguridad
del Estado, seguridad de la Nación, seguridad externa y seguridad interna, integradas en la
Constitución sin armonización alguna entre ellas.
En lo medular, la seguridad nacional resume todas las demandas conservadoras de
eliminación y/o supresión derechos consagrados en la Constitución, de las expresiones
políticas, nacionales e internacionales de modificación del actual modelo socio-económico,
identificando áreas de “seguridad” derivadas de determinadas “amenazas”, las que dependen
de quién las defina como tales. A mayor número de amenazas se postula consecuentemente
una mayor centralización del poder, generándose así fuertes incentivos para ampliar el rango
de las mismas y proveer los medios para incrementar la “seguridad” en tales ámbitos. Todo
lo cual redunda en el fortalecimiento de las actitudes conservadoras y autoritarias de una
derecha excluyente, además de legitimar el poder político militar para enfrentar una amplia
y vaga lista de “nuevas amenazas”.
Por ejemplo, se ha terminado asociando la “seguridad” a la respuesta castrense ante al
terrorismo, delincuencia organizada transnacional, drogas, corrupción, lavado de activos,
tráfico ilícito de armas; pobreza extrema y exclusión social; estabilidad de la democracia
(orden público); desastres naturales; VIH/SIDA; deterioro del medio ambiente; trata de
personas; ataques cibernéticos; transporte marítimo de materiales potencialmente peligrosos,
incluidos el petróleo, material radioactivo y desechos tóxicos; acceso, posesión y uso de
armas de destrucción masiva por terroristas y otros desafíos, muchos de los cuales como
desafíos complejos deben tener una respuesta sistémica como sociedad civil en su conjunto.
En suma, dado su origen anti-democrático, la noción de seguridad nacional no debería
aparecer en una Nueva Constitución, ni en ningún cuerpo legal y reglamentario del país como
condición fundamental para poder generar una nueva concepción representativa y legitima
de lo social. Consecuentemente, tampoco debería incluirse en la definición de las tareas de
instituciones armadas, policiales o civiles, condición necesaria para la construcción de un
Estado democrático social de derecho de acuerdo a parámetros humanos civilizatorios del
siglo XXI.
Santiago, diciembre de 2020.