TOP

+Entrevista al abogado de Pedro Castillo// ONU declara arbitraria detención de Pedro Castillo y exige su libertad inmediata

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas concluyó que la privación de libertad del expresidente peruano Pedro Castillo vulneró normas fundamentales del derecho internacional y exigió su liberación inmediata. El pronunciamiento reabre el debate sobre el uso del sistema judicial en América Latina, el respeto al debido proceso y las consecuencias políticas que podría tener para el Estado peruano el incumplimiento de las recomendaciones del organismo.

 

 

Por: Nicolás Romero Reeves

El Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas emitió la Opinión N° 78/2025, en la que declara que la privación de libertad del expresidente Pedro Castillo Terrones es arbitraria y exige su liberación inmediata, así como una indemnización por los daños ocasionados. El pronunciamiento, adoptado el 14 de noviembre de 2025, señala que el proceso seguido contra el exmandatario vulneró los artículos 3, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La ONU clasifica la detención en las categorías I y III de arbitrariedad. Esto significa que careció de fundamento legal suficiente (categoría I) y que se violaron de manera grave las garantías del debido proceso y el derecho a un juicio justo (categoría III). El informe detalla que la detención se produjo sin que el Congreso hubiera levantado previamente el antejuicio político, que el Sr. Castillo fue arrestado sin orden judicial y sin que se configure el delito de rebelión en flagrancia, y que durante la audiencia de prisión preventiva se le designó un abogado de oficio sin su consentimiento y sin tiempo para preparar su defensa.

El contexto del juicio: lawfare y castigo al pueblo andino

La sentencia dictada el 27 de noviembre de 2025 contra Pedro Castillo, que lo condena a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión por «conspiración para la rebelión», marca un nuevo capítulo en el uso del poder judicial como arma política en América Latina. No se trata solo del castigo a un expresidente nacido en la ruralidad andina, sindicalista y ajeno al círculo cerrado que ha dirigido el Perú durante décadas. Es el castigo simbólico y ejemplar contra un pueblo que se atrevió a romper el cerco oligárquico a través del voto, un intento de disciplinamiento del campo, de los sectores populares y de la disidencia frente al modelo neoliberal.

#EntrevistasDeFrente// «A Pedro Castillo se le acusa de Rebelión un delito que no cometió» Raúl Zaffaroni abogado defensor

La acusación contra Castillo fue sostenida sobre interpretaciones forzadas del derecho penal y una lectura maximalista de su fallido intento de disolver el Congreso. La Fiscalía construyó un relato en el que un anuncio político —carente de fuerza, logística y mando real— era suficiente para configurar una conspiración. Los jueces acogieron esta narrativa y la convirtieron en una verdad procesal, ignorando vacíos probatorios y desestimando el principio de proporcionalidad que exige medir la gravedad de un acto por su capacidad efectiva de consumarse. Ni hubo armas, ni plan operativo, ni cadena de mando, ni siquiera un cuerpo policial o militar dispuesto a obedecerlo. El derecho penal comparado define la conspiración a la rebelión como una acción organizada destinada a adquirir poder real; aquí no hubo nada de eso.

Desde la celda Pedro Castillo aboga por la más amplia unidad para competir en elecciones 2026 y se la juega por una asamblea constituyente

Juristas como Eugenio Zaffaroni han advertido que el lawfare latinoamericano opera mediante fallos que «fingen legalidad y producen legitimidad moral», mientras destruyen adversarios políticos sin necesidad de probar delitos. La sentencia contra Castillo sigue esa matriz. El tribunal construyó una causa penal sin demostrar que el «acto» tuvo efectos concretos, y sin tomar en cuenta el contexto político de un Parlamento que llevaba meses amenazando con destituirlo por cualquier vía. Desde el punto de vista del debido proceso, el juicio muestra rasgos de excepcionalidad: un tribunal ad hoc, plazos acelerados, uso político de la prisión preventiva y un clima mediático hostil que moldeó la percepción pública antes del veredicto.

El trasfondo es claro. Castillo nunca fue aceptado por la élite limeña. Su elección rompió una tradición histórica en que las élites costeñas, empresariales y capitalinas gobernaban sin competencia popular real. Su breve gobierno fue acosado por una guerra institucional permanente: mociones de vacancia, obstrucción legislativa total y campañas mediáticas centradas en ridiculizarlo, racializarlo y caricaturizarlo. El juicio solo completa ese ciclo de demolición. Es la culminación jurídica de un golpe parlamentario ejecutado por etapas.

El verdadero objetivo de esta condena no es proteger la institucionalidad, sino restablecer el orden político previo a la irrupción de Castillo. La sentencia envía un mensaje a la población que lo eligió: no se tolerará que un maestro rural sin padrinos económicos llegue a la presidencia. En un Perú atravesado por la desigualdad territorial, la discriminación racial y el peso histórico de la hegemonía limeña, castigar a Castillo significa castigar a quienes representan la mayoría indígena, campesina y trabajadora.

El contexto agrava el cuadro. La condena ocurre en un momento de polarización profunda, con un Congreso que tiene niveles bajísimos de aprobación y con movilizaciones crecientes en el sur andino. La respuesta de la clase política parlamentaria ha sido buscar el ingreso de tropas estadounidenses, bajo el argumento de asistencia militar y de lucha contra el crimen organizado. Medidas de este tipo, aplicadas repetidamente en la región, suelen aumentar la tensión interna. El fallo contra Castillo no pacifica nada; empuja el conflicto hacia el campo social. En un país donde ya hubo más de 70 muertos por represión en 2023, la indignación popular no encuentra válvulas institucionales. El resultado previsible es la intensificación de la protesta y la erosión aún mayor de la legitimidad del Parlamento.

Es difícil no leer este fallo como un castigo al pueblo. La élite peruana transmite un mensaje: votar distinto tendrá consecuencias. Pero los pueblos no se disciplinan de forma permanente. La historia latinoamericana está llena de giros súbitos en que los intentos de control se transforman en boomerangs políticos. Quién sabe si esta condena contra el pueblo termine transformándose, en el largo plazo, en una condena popular contra la propia casta parlamentaria liderada por el fujimorismo.


Entrevista al abogado de Pedro Castillo, Wilfredo Robles

Tras conocerse el dictamen, el abogado defensor Wilfredo Robles brindó declaraciones en las que precisó la estrategia legal que seguirá el equipo jurídico y emplazó al Gobierno peruano a cumplir con lo establecido por el organismo internacional.

La ONU exige la «liberación inmediata». Dado que el dictamen no es vinculante para el Poder Judicial peruano, ¿qué recurso legal van a priorizar?

El abogado Robles sostuvo que no sería necesario acudir a un hábeas corpus, una revisión de sentencia o una solicitud de indulto, pues se trata de un proceso ya concluido que no puede ser reinterpretado por instancias inferiores. En su lugar, afirmó que «lo que corresponde es el emplazamiento al gobierno peruano para que acate las recomendaciones del grupo de trabajo, especialmente la puesta en libertad del presidente Pedro Castillo». En ese sentido, señaló que el Gobierno debe pronunciarse claramente sobre si va a acatar o no lo establecido por la ONU.

 La ONU señala que se vulneró su derecho a la defensa porque le fue designado un abogado de oficio sin su consentimiento. ¿Van a solicitar la nulidad de todo el proceso penal?

El letrado confirmó que, efectivamente, «el presidente Pedro Castillo en la audiencia de prisión preventiva no contó con abogado de su libre elección, el día de la audiencia programada no tuvo abogado, e inmediatamente el juez le impuso un abogado de oficio». Robles indicó que si bien en varias ocasiones han solicitado la nulidad de esa prisión preventiva, «dado que hay un informe del grupo de trabajo ya no sería necesario formalmente», pues considera que el Gobierno debería acatar la decisión y, mediante un decreto supremo, disponer la excarcelación.

#Barbarroja// Abogado de Pedro Castillo denuncia una “dictadura militar parlamentaria y apuesta por triunfo popular en segunda vuelta

El Congreso levantó el antejuicio político 5 días después de la detención. ¿Cómo piensan hacer valer esa inconstitucionalidad?

Robles recordó que el arresto se realizó quebrantando las prerrogativas del mandatario. Sobre este punto, precisó que «la Corte Suprema tendría que sesionar en pleno para adecuarse a esta interpretación convencional, lo mismo tendría que hacer el Tribunal Constitucional», en alusión a la necesidad de que el Poder Judicial y el máximo intérprete de la Constitución se adecúen al estándar internacional fijado por el grupo de trabajo de Naciones Unidas.

 Si el Estado peruano se niega a acatar la recomendación en el plazo de 6 meses, ¿van a denunciar al Perú ante la CIDH?

El abogado Robles fue enfático al señalar que el discurso del 7 de diciembre de 2022 «fue solo eso, un discurso, que no cerró ningún congreso, no paralizó ninguna de las instituciones estatales». Ante un eventual incumplimiento, advirtió: «plantearemos que el caso pase a ser visto por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas». Además, descartó recurrir a la OEA, al considerar que el organismo regional «es manejado directamente por Estados Unidos y por los chacales que el Señor Almagro ha dejado en la comisión y otras secciones».

La posición de la defensa: el Estado debe acatar sin necesidad de nuevos recursos

Robles fue claro al sostener que la opinión de la ONU tiene un carácter vinculante para el Estado peruano en el plano político, y que el Ejecutivo debería disponer la liberación de Castillo mediante un decreto supremo, sin necesidad de que el Poder Judicial intervenga. Para la defensa, la sentencia penal fue producto de un proceso viciado desde su origen, y el pronunciamiento del grupo de trabajo viene a confirmar lo que siempre sostuvieron: que Castillo fue víctima de una detención ilegal y de un juicio sin garantías.

El abogado también advirtió que el Congreso y el Poder Judicial tienen la obligación de adecuar sus actuaciones a los estándares internacionales, y que la Corte Suprema debería sesionar en pleno para revisar su postura a la luz de la opinión de la ONU. De no hacerlo, el Estado peruano asumirá la responsabilidad internacional por mantener privado de libertad a un ciudadano cuyo arresto ha sido calificado como arbitrario por el máximo organismo de derechos humanos de las Naciones Unidas.

Más allá del caso individual de Pedro Castillo, el pronunciamiento de Naciones Unidas instala una discusión de alcance regional sobre la independencia judicial, la vigencia del debido proceso y los límites del poder político frente a los derechos fundamentales. La respuesta del Estado peruano en los próximos meses será observada no solo por los organismos internacionales de derechos humanos, sino también por una ciudadanía que sigue profundamente dividida. El desenlace de este caso podría convertirse en un precedente para América Latina respecto del cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por los Estados y de la protección efectiva de las garantías democráticas.

Síguenos:
🔹 Telegram: https://t.me/DeFrente2022
🔹 WhatsApp: https://chat.whatsapp.com/KwMqFHeoYhcJTKTJXAyC6J
🔹 Instagram: https://www.instagram.com/defrenterevista
🔹 X: https://twitter.com/revistadefrente
🔹 Threads: https://www.threads.net/@defrenterevista?hl=es-la
🔹 YouTube: https://www.youtube.com/@RevistaDeFrente
🔹 TikTok: https://www.tiktok.com/@revistadefrente.cl
🌐 Web: https://www.revistadefrente.cl

Apoya el periodismo independiente.
Tu aporte nos permite seguir investigando y publicando contenidos que los grandes medios silencian.

Banco Estado
Cuenta Vista
N.º 002220001170
Revista De Frente
Correo: contacto@revistadefrente.cl

Chileno, padre. Abogado de la Universidad de Chile, Magíster en Sociología de la misma casa de estudio y Director de Revista De Frente.

Comparte tu opinión o comentario