
Declaración en defensa de la Asamblea Constituyente
Fuente y adhesiones, en: Ciudadanía Constituyente.
Declaración en defensa de la Asamblea Constituyente
Considerando que la soberanía nacional y el poder constituyente, tiene como único titular al pueblo de Chile.
Considerando que el proceso constitucional que se pretende conformar, no responde a las demandas del actor social y político que generó el fenómeno que hizo posible esta coyuntura constituyente.
Venimos en manifestar lo siguiente:
Que, conocido el documento de la Comisión Técnica relativo al Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución, nos parece que el proceso avanza en la dirección negativa que denunciamos en su momento al aprobarse el Acuerdo. En el estado actual del proceso existen serias dudas sobre su legitimidad, ello porque:
a) Limita severamente al pueblo de Chile en el ejercicio del poder constituyente, en la medida que somete al representante del soberano a los poderes constituidos del Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como a un quorum de votación que es típico de la denominada democracia protegida que configuró la dictadura, caracterizada por su profunda desconfianza en la voluntad política del pueblo. Se viene configurando un proceso tutelado, tanto en materia de procedimiento como de contenido, siendo esta limitación un atentado al ejercicio de un auténtico poder constituyente;
b) Pudiera dar lugar a que se someta el ejercicio del poder constituyente a los tratados de libre comercio y de naturaleza económica vigentes en Chile. Para evitar dudas, sería más claro que la frase empleada en el texto del Comité en el artículo 135, “y los tratados internacionales ratificados por Chile” se complementará con la expresión “referidos a derechos humanos”;
c) Consagra un mecanismo de integración de la Convención Constitucional que carece de suficiente legitimidad y representatividad, en la medida que no se han generado condiciones para favorecer la participación de los independientes, de los chilenos radicados en el extranjero, los pueblos originarios, las mujeres y los jóvenes a partir de los 16 años. Manteniendo reglas que favorecen claramente a los partidos políticos;
d) Reitera un mecanismo de solución de una grave situación de crisis política, al que se recurrió al iniciar la transición el año 1989. En dicha coyuntura se invocó el realismo político y se aceptó la actuación de un actor político que estaba en posición de chantajear a una mayoría legítima. Ya sabemos en qué terminó esta fórmula, por lo que carece de sentido volver a cometer el mismo error histórico.
Declaramos, en consecuencia:
1. Que se están conformando fenómenos que conducen peligrosamente a una evaluación de este proceso constituyente como ilegítimo y contrario a la voluntad soberana del pueblo de Chile. Ello podría derivar en que las fuerzas sociales y políticas que han impulsado este proceso, y que suscitaron la respuesta del Congreso y del Ejecutivo en el sentido de orientar la demanda constitucional, no se sientan obligadas por los efectos jurídicos y políticos que se deriven de su implementación.
2. Que la derogación de la Constitución de Augusto Pinochet y de Ricardo Lagos es un propósito político legítimo y relevante, pero, carece de la entidad suficiente para que, con el fin de alcanzar este objetivo, se limite tan groseramente el libre ejercicio del poder constituyente por el pueblo de Chile.
3. Que es de una enorme irresponsabilidad avalar sin más un proceso que no es representativo de los actores que lo generaron, y que producirá, como es presumible, una profunda frustración en el movimiento pluriclasista que ha impulsado la demanda de una nueva constitución vía asamblea constituyente. Cabe reiterar, por lo tanto, la exigencia que se respete a cabalidad el ejercicio soberano del poder constituyente y que se vele por su legitimidad.
4. Que se están generando las condiciones para desplazar la contienda constitucional a las próximas elecciones de Presidente de la República y de Congreso Nacional, que deben realizarse en el mes de noviembre de 2021, de manera tal que la coyuntura que se ha abierto sea procesada por un nuevo Gobierno y un nuevo parlamento.
Decidimos, por lo tanto:
1. Condicionar nuestra participación a que el Congreso mejore la propuesta del Comité Técnico en términos de respeto cabal del poder constituyente, y en términos de representatividad de los actores que impulsan el proceso (lo que seguirá abierto hasta el mes de abril de 2020).
2. Llamar, desde luego, a aprobar la idea de tener una nueva Constitución que derogue la Constitución de 1980, por el valor que tiene como resultado electoral, que abre la posibilidad para la manifestación de un auténtico poder constituyente. El plebiscito del mes de abril de 2020 es una instancia institucional de enorme valor para privar de legitimidad a la Constitución de 1980, que el pueblo debe saber aprovechar.
Del mismo modo, es preferible una Convención Constitucional que una Convención Mixta, a pesar que ninguna de las fórmulas, en el estado actual, es una auténtica asamblea constituyente.
3. Prepararnos como movimiento social para exigir un nuevo proceso constituyente, para el evento que en el plebiscito de salida nos veamos obligados a rechazar la nueva Constitución y la población nos apoye en este rechazo. Ello, porque habiéndose pronunciado el país por el rechazo a la Constitución de 1980, resulta totalmente legítimo que el rechazo a la nueva Constitución, generada por una convención tutelada tan groseramente, implique abrir un nuevo proceso constituyente.
Para abrir un nuevo proceso constituyente se requerirá llevar un candidato o candidata a la Presidencia de la República, así como candidatas y candidatos al Parlamento, que impulsen como prioridad legislativa una ley de convocatoria a una auténtica Asamblea Constituyente.
4. Avanzar en la conformación de una fuerza política que asuma el desafío de transformar el poder político del movimiento social en poder electoral, y satisfacer de este modo su demanda de profundas reformas legales y nueva constitución vía asamblea constituyente.
5. Proyectar y profundizar la movilización cívica del pueblo de Chile, así como su capacidad de organización y de generación de un nuevo poder político, generando así las condiciones más óptimas para participar en las elecciones presidenciales y parlamentarias del año 2021. Cabe hacer presente que el Presidente de la República y el Parlamento que asumirá el año 2022, deberán decidir qué hacer si la propuesta de nueva Constitución se rechaza o, para el evento que se apruebe, deberán dictar las leyes que sean necesarias para su implementación. Será, por lo mismo, de enorme relevancia las características del Gobierno y del Parlamento.
Por Ciudadanía Constituyente, firman Eric Eduardo Palma, Rodrigo Pérez Lisicic, Carolina Parraguez, Carmen Luz Aguirre, Fernando Godoy, Pascal Enrique Garrido, Salvador Concha, Belén Vásquez, Karime Córdova, Maximiliano Castro, José Faundez, Rubina Letelier, Blanca Bórquez, Ginette Guitard, Carlos Roa, Jaime Villarroel, Pamela Chávez, Alvaro García, Angel Spotorno, Raimundo Cerda.-
Para adherir puede contactar en www.ciudadaniaconstituyente.cl