
Consejo de Justicia y Justicia Indígena: Los detalles del Informe Comparado de la Comisión de Justicia de la CC
Por Pablo Parry
#DeFrente
Durante el día de hoy, se iniciaron las votaciones del nuevo Informe Comparado de la Comisión de Justicia de la Convención Constitucional, en donde se abordaron las atribuciones y composición del nuevo Consejo de la Justicia, además de los ámbitos de funcionamiento de la Justicia Indígena para las primeras naciones.
Sobre el nuevo Consejo de la Justicia, instancia recientemente aprobada por esta comisión y encargada de nombrar, gestionar y ordenar el nuevo Sistema de Justicia Nacional que quedará establecido en la nueva constitución, se aprobó en comisión que estaría conformado por 17 miembros: A) 8 juezas o jueces electos por sus pares, B) 2 integrantes que sean miembros del Sistema Nacional de Justicia, C) 2 integrantes elegidos por los pueblos indígenas y D) 5 integrantes electos por el Congreso, mediante concurso público a través del Consejo de Alta Dirección Pública.
A su vez, con una votación de 13 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones, se aprobaron las nuevas atribuciones de este nuevo organismo judicial, la cuales son las siguientes: 1) Adopción de medidas disciplinarias para juezas, jueces y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia, además de su remoción del cargo; 2) Revisión integral de todos los órganos del Sistema Nacional de Justicia; 3) Evaluación y calificación de todos los jueces, juezas y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia; 4) Promociones y traslados dentro del Sistema Nacional de Justicia; 5) Asuntos y necesidades presupuestarias del Sistema Nacional de Justicia; 6) Pronunciarse sobre modificaciones legales al Sistema Nacional de Justicia; 7) Proponer la creación, modificación o supresión de tribunales a la autoridad competente; 8) Habilitación, formación y fortalecimiento de la carrera judicial, en cooperación con la Academia Judicial, sujeta a la supervisión del Consejo de la Justicia; 9) Dictar instrucciones relativas a la organización y gestión administrativa de tribunales y 10) Todas las atribuciones que establezca la constitución y las leyes.
También se sometió a votación disposiciones relativas a la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones, estableciendo que ambas instancias deberán estar sometidas cada 5 años a una revisión integral del Consejo de la Justicia y que no podrán ser integradas por «personas que no tengan la calidad de juezas o jueces titulares, interinos, suplentes o sub-rograntes».
Así mismo, se votaron diversas indicaciones respecto a los Sistemas de Justicia Indígenas, en específico la norma que establece que estos últimos solo podrán abordar conflictos entre miembros de un mismo pueblo originario, además de que los afectados por causas judiciales podrán recurrir también al Sistema Nacional de Justicia establecido en la constitución.
Finalmente, y también respecto a Pueblos Originarios, se aprobó por 13 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones la obligación del estado de garantizar que los órganos judiciales garanticen el derecho a la justicia con perspectiva intercultural, en materia de acceso a intérpretes, facilitadores interculturales y peritajes consultivos, en el caso que los defendidos no puedan proveérselas por si mismos.
Puedes ver lo aprobado del informe de la Comisión de Justicia aquí