
Carta de organizaciones de «Cabildo Salud un Derecho» publica carta a convencionales constituyentes por derecho a la salud en la Nueva Constitución
En el marco de la etapa final del trabajo de la Convención Constitucional, y las votaciones que comienzan a ser las ya finales en numerosas materias de la más alta importancia, como los derechos sociales en la Comisión de Derechos Fundamentales, las organizaciones de la Salud agrupadas en el «Cabildo La Salud un Derecho», como la FENPRUSS (Confederación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud) y la CONFENATS ( Confederación Nacional de los Trabajadores de la Salud), publicaron una carta a las y los convencionales constituyentes que pasamos a publicar íntegramente:
Estimadas y estimados convencionales constituyentes:
Somos “Ejes Comunes”, una coordinación compuesta por la Confederación Fenpruss, Confusam y el Cabildo Salud un Derecho. Como es de vuestro conocimiento, nuestras Iniciativas Populares de Norma por el Derecho a la Salud lograron, en conjunto, más de 52 mil apoyos ciudadanos, y nuestros documentos tienen el respaldo de más de 50 organizaciones sociales de todo el país. Hemos llevado a cabo un trabajo riguroso para presentar a ustedes, nuestras y nuestros Convencionales Constituyentes, las materias esenciales que deben estar incluidas en la nueva Constitución, relativas a salud.
Desde nuestras orgánicas, venimos luchando hace décadas por una salud que atienda las necesidades de todas las personas y sea concebida como un derecho fundamental, humano y social, en concordancia con la normativa internacional. Somos representantes de esta demanda que comparte el 80% del país beneficiario de Fonasa, así como la enorme cantidad de personas que son parte de las más de 5 millones de atenciones en lista de espera. Representamos a los 18 millones de chilenos y chilenas que ven en la salud una fuente de desigualdad y uno de los motivos que propiciara el estallido social de octubre del 2019, hito que dio a luz un proceso constituyente inédito en Chile y el mundo. Es decir, no somos espectadores, somos protagonistas de este trayecto.
En esta fase del proceso, hemos realizado un análisis acucioso y constructivo de la propuesta de articulado sobre salud aprobada por la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención, y, en primer lugar, valoramos la intención general de avanzar en el Derecho a la Salud, que trasunta todo el texto aprobado por la Comisión. Además, relevamos que se proponga la materialización de este Derecho mediante un Sistema Nacional de Salud basado en la Atención Primaria, con reconocimiento a la medicina tradicional, cuya rectoría y financiamiento sean de carácter público, con cobertura universal y solidaria. Asimismo, destacamos que la participación de prestadores privados en el Sistema Nacional de Salud sea permitida sólo si éstos carecen de fines lucro, y, que los prestadores privados de salud que deseen ejercer fuera del Sistema pueden mantener su actividad comercial, pero sin recibir subsidios del Estado.
Los Seguros de Derecho Privado pueden seguir existiendo, pero sin sustituir ni duplicar las prestaciones que entregue el Sistema Nacional de Salud.
Por esta razón, consideramos que hay incisos estructurales en este artículo que deben ser defendidos ante el pleno y luego ante la ciudadanía. Sin estos incisos, la propuesta carecería de la profundidad necesaria para garantizar el Derecho a la Salud, abriendo la puerta para perpetuar las enormes desigualdades que acarrea la dualidad del sistema actual, y que han generado el descontento social, listas de espera y fallecimiento de la personas por no tener acceso oportuno a la atención de salud y por existir sistemas para ricos y para pobres.
Sin perjuicio de lo anterior, señalamos algunos puntos sobre lo cual estimamos de especial conveniencia precisar de mejor forma los contenidos de las disposiciones, para cumplir a cabalidad con la premisa general del texto. En esa línea, proponemos las siguientes indicaciones en la redacción final que debería aprobar el pleno:
1. Es fundamental que el Derecho a la Salud sea establecido como un derecho humano social, y no sólo como un derecho de las personas, redacción que enfatiza su carácter subjetivo e individual. Es también esencial que el establecimiento de un Sistema Nacional de Salud sea responsabilidad del Estado, por consiguiente, que esto sea explicitado en la redacción del inciso. Esto iría en total armonía con el Derecho Internacional de Derechos Humanos.
2. En un ámbito más descriptivo, que contribuye a definir la naturaleza del Sistema Nacional de Salud que se propone, se hace necesario señalar que es de carácter integrado, aludiendo expresamente a las redes de servicios que lo componen y mantienen cohesionado a lo largo del país. Asimismo, es importante señalar que los principios del Sistema sean consistentes con los de la Seguridad Social, y se mencionen de esa manera, agregando luego algunos principios adicionales.
3. Es necesario indicar que las prácticas y medicinas de los pueblos originarios se articulen con el Sistema Nacional de Salud, y no deben considerarse como
sistemas de salud paralelos.
4. Así también, es relevante precisar que los aportes que por ley puedan establecerse, se nombren como “contribuciones sociales”, ya que el concepto de cotización puede interpretarse como prima individual de seguros, tal cual ocurre hoy día.
Finalmente, constatamos varios incisos que dan cuenta de materias que son propias de otro nivel normativo, y su inclusión no es fundamental en el texto constitucional (por ejemplo, lo que concierne a reproducción asistida).
Por todo lo anterior, junto con defender los incisos, se proponen los siguientes cambios mediante indicaciones para que quede el texto de la siguiente manera:
Artículo 13.- Derecho a la salud
El derecho a la salud es un derecho humano y social, y toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
El Estado deberá establecer un Sistema Nacional de Salud y proveer las condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel posible de la salud, considerando en todas sus decisiones el impacto de las determinantes sociales y ambientales sobre la salud de la población (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
El Sistema Nacional de Salud será de carácter universal, público e integrado en redes de servicios. Se regirá por los principios de universalidad, igualdad , solidaridad, integralidad, unidad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad, así como interculturalidad, pertinencia territorial, calidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
El Sistema Nacional de Salud incorporará acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, habilitación, rehabilitación e inclusión. La Atención Primaria constituirá la base de este sistema y se promoverá la participación de las comunidades en las políticas de salud y en las condiciones para su ejercicio efectivo (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
Las prestaciones del Sistema Nacional de Salud considerarán el acceso a métodos de reproducción asistida, acompañamiento y reparación de las afectaciones que aquejan a las personas como consecuencia de una intervención o procedimiento médico, así como, el tratamiento integral frente al consumo de drogas (Párrafo que podría ser materia de Ley).
Podrán existir seguros privados voluntarios de Derecho Privado, los que en ningún caso podrán sustituir o duplicar el rol del Estado. Ninguna persona habrá de incurrir en un gasto catastrófico en salud (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
Es deber del Estado la planificación de la formación, distribución y capacitación permanente del personal sanitario (Párrafo que podría ser materia de Ley).
El Estado generará políticas y programas de salud mental destinados a la atención y prevención con enfoque comunitario y aumentará progresivamente su financiamiento (Párrafo que podría ser materia de Ley).
El Estado reconoce las medicinas y prácticas de salud tradicional de los pueblos y naciones indígenas y sus instituciones, articulándose con el Sistema Nacional de Salud. Se deberá proteger y conservar especialmente los conocimientos, innovaciones y prácticas de medicina indígena, así como la conservación de los elementos o componentes naturales en que se sustentan (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
Corresponderá exclusivamente al Estado la función de rectoría del sistema de salud, incluyendo la protección de la salud, la regulación, supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
El Sistema Nacional de Salud será financiado a través de impuestos generales de la nación. Adicionalmente, la ley podrá establecer el cobro obligatorio de contribuciones sociales a empleadoras, empleadores, trabajadoras y trabajadores con el solo objeto de aportar, solidariamente, al financiamiento de este Sistema. La ley determinará el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos de este sistema (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
Los prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro. La ley establecerá los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento (Párrafo estructural, debe ser aprobado).
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Sabemos que la Convención hoy se encuentra en uno de sus momentos más difíciles, bajo una artera agenda mediática que, a través de intrigas, mentiras e interpretaciones antojadizas, pretende restarle legitimidad y torpedear las posibilidades de que se apruebe la nueva Constitución el próximo 4 de septiembre. En la víspera de la votación que podría cambiar el paradigma de los últimos 40 años de la salud pública en Chile, es más necesario que nunca hacer eco de la voluntad del país y reforzar las posibilidades del Apruebo, fundando los cimientos del derecho a la salud y de un Sistema Nacional de Salud de carácter público, universal, basado en la Atención Primaria y financiado por impuestos generales.
Les instamos encarecidamente, a dar este paso histórico en el reconocimiento constitucional pleno del Derecho a la Salud sin letra chica, y a refrendar con claridad y decisión lo ya aprobado en la Comisión de Derechos Fundamentales en materia de Salud, incorporando las indicaciones propuestas en esta carta, consagrando así la salud como un derecho humano y social en la nueva Constitución.
Estamos preocupados, ocupados y alertas para defender el trabajo de la Convención y el Apruebo en el plebiscito de salida. Por ello, no dejaremos de contrarrestar activamente las posturas que pretenden mantener el lucro y las desigualdades en salud, características que se fundan en los intereses individuales del modelo neoliberal y no en el bienestar futuro de todas y todos los chilenos que esperan tener acceso igualitario a poder resolver sus
problemas de salud, hoy en listas de espera o, simplemente, sin cobertura para la atención integral de estos problemas que les aquejan.
El Derecho a la Salud garantizado a través del Sistema Nacional de Salud, es una oportunidad viable para lograr los objetivos de igualdad en acceso, calidad y oportunidad, como lo han implementado otros países como Reino Unido, España, Nueva Zelanda, entre otros.
Valoramos vuestro trabajo y el cansancio que les afecta en esta etapa del proceso, pero les invitamos a no dejar de escuchar a su gente en las calles, en sus hogares, en sus comunidades, y no dejarse llevar por los medios de comunicación en manos de los que hoy quieren mantener el sistema de injusticias al que nos empujara la Constitución ilegitima de 1980.
Les saludan a ustedes fraternalmente,
CABILDO SALUD UN DERECHO – CONFUSAM – FENPRUSS